Proyecto

POLO DE DESARROLLO DE ECONOMÍA CIRCULAR PARA EL BIENESTAR (PODECIBI) PARQUE HIDALGO, EN EL ESTADO DE HIDALGO.

Sector: Industria


Última revisión

05/08/2025
Nombre corto del proyecto:
1012 PODECIBI Parque Hidalgo
Tipo de inversión:
Greenfield
Subsector:
Industria
Moneda del contrato:
Pesos mexicanos MXN
Inversión estimada MXN:

N.D.

Inversión estimada USD:

N.D.

Tipo de cambio pesos por dólar utilizado por la SHCP para el paquete económico 2025: $ 18.5
Alcances del contrato:
  Construcción,  Administración

DESCRIPCIÓN

Los PODECIBI consisten en proyectos de producción sustentable de bienes, de eliminación de residuos o contaminación, para la reutilización, reciclaje o recuperación de materiales para mantenerlos en la economía durante el mayor tiempo posible, así como proyectos complementarios públicos de investigación y educación en materia de economía circular y sostenibilidad ambiental.

El PODECIBI Parque Hidalgo consta de una superficie de 2´751,048.08 m2 ubicada en los municipios de Tlaxcoapan y Atitalaquia, estado de Hidalgo, misma que cumple los criterios de selección establecidos en el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en los Polos de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar y en el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para aplicar el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en los Polos de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar, como a continuación se señalan:

I. Criterio de localización, comunicación y conectividad. Se encuentra al sur del estado de Hidalgo, tiene acceso a la autopista 57D México-Querétaro, se encuentra a menos de 70 kilómetros de Ciudad de México y forma parte del corredor industrial del Valle de México, conectándose con centros urbanos como Tula de Allende, Tepeji del Río, Huehuetoca y Apaxco. Tiene cercanía con el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles.
II. Criterio poblacional. 411,111 habitantes en los municipios de Tlaxcoapan, Atitalaquia y aledaños.
III. Criterio de propiedad. De conformidad con Pemex y la documentación puesta a disposición de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el predio es de propiedad pública federal.
IV. Criterio de sostenibilidad. De acuerdo con la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, el predio no se encuentra ni total ni parcialmente en áreas naturales protegidas, ni en zonas sujetas a algún régimen especial de conservación, restauración o protección ecológica y no se superpone con sitios Ramsar, reservas de la biosfera, zonas de conservación comunitaria o cualquier otra categoría reconocida por la normatividad ambiental aplicable.
V. Criterio de consulta a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, informó que no se ubican localidades dentro de esa superficie.
VI. Criterio educativo y de investigación. Pemex, manifestó su conformidad de asignar 2% de la construcción del predio a instituciones públicas para realizar investigación o educación en materia de economía circular.

ESTRUCTURA LEGAL Y FINANCIERA

Tipo de proyecto
Público / Privado

SITUACIÓN ACTUAL

Etapa
  Preinversión
Subetapa
  Preparación
Fechas relevantes

GEOLOCALIZACIÓN

Estado(s)
Hidalgo   

PROMOTOR / CONVOCANTE

Responsive image
Entidad
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

MÁS INFORMACIÓN

Responsive image
Fuente
Diario Oficial de la Federación (DOF)
Descripción
Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene la función de publicar en el territorio nacional: leyes, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos expedidos por los poderes de la Federación.

OBSERVACIONES

Conforme al Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en los Polos de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar, y el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos para aplicar el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales en los Polos de Desarrollo de Economía Circular para el Bienestar, los Desarrolladores o empresas de economía circular del Polo Parque Hidalgo, deben cumplir ante la Semarnat, entre otros, con el reporte trimestral de aportaciones netas a la descontaminación local, municipal o regional, según corresponda, de acuerdo con su alcance.

Para conservar dichos estímulos fiscales, los Desarrolladores y las empresas de economía circular deben presentar, ante la Dirección General de Fomento y Desempeño Urbano Ambiental Sostenible de la Subsecretaría de Desarrollo Sostenible y Economía Circular de la Semarnat, un informe anual que contenga los avances de su proyecto y el cumplimiento de las metas fijadas por esta autoridad, las cuales deben incluir, al menos, la trazabilidad de los materiales generados, los cuales deben acreditarse en los términos que defina la Semarnat.

Sigue este Proyecto

Deja tu correo electrónico para poder recibir notificaciones sobre este Proyecto.

 He leído y acepto el Aviso de Privacidad